La renta en casa, la renta fuera de casa
LA RENTA EN CASA
Una persona que actualmente gane mensualmente 1,200,000 colones en bruto, paga anualmente por concepto de impuesto al salario 472,800 colones, mientras que bajo el esquema que propone la Ley de Renta Global Dual, para las personas asalariadas, debería pagar cerca de un 45% más por concepto del impuesto al salario, es decir, 1,040,000 colones anualmente.
El impuesto al salario que propone el proyecto de Renta Global Dual tiene una incidencia mayor en las clases medias. El lector perspicaz podrá argüir que un salario de 1,200,000 colones le permitiría, a quien lo reciba, vivir mejor que, más o menos un 40% de la población; y tendrá razón.
Pero el problema de este proyecto no radica en el simple hecho de que se pase de un esquema en que se cobre un impuesto por cada tipo de ingreso, a uno global (en el que se juntan todos los ingresos y luego se hace el cobro), sino en la decisión frontal de que, pudiendo recaudar más en los estratos que tienen más ingresos, se procura aumentar el monto recaudado colocando el peso del impuesto, en los asalariados y en la clase media.
Lo anterior, ante la portentosa desigualdad (la más amplia en los últimos 30 años), demostrada por el hecho de que el ingreso promedio del 20% más rico es cerca de 15 veces más grande que el del 20% más pobre, denuncia un escenario perfecto para que la disposición al pago se reduzca aún más y que aumente la percepción de injusticia en la contribución, entre la gente.
Dicho de otro modo, el proyecto busca que se aumente la recaudación, pero “para abajo”, poniendo el peso del impuesto en los hombros de un grupo que ya de por sí soporta cargas muy fuertes en la sociedad. Pero no solo eso, sino que, en el estado actual del proyecto, existen algunas rentas o ingresos que están quedando por fuera.
Casualmente dichos ingresos son la distribución de dividendos, los rendimientos realizados de los fondos de inversión y las utilidades retenidas, por mencionar alguno y ese tipo de rentas son propias de inversionistas muy avezados; bastará preguntarle a nuestro vecino cuánto percibe mes a mes por su fondo de inversión, para obtener, en el mejor de los casos, un mal gesto (¿y este, de qué me está hablando?).
La propuesta tiene muchísimo de la Ley del Impuesto a las Personas Físicas española, sin embargo, en España, para mejorar la equidad se disminuyó la carga tributaria soportada por las rentas del trabajo, elevando sustancialmente la reducción establecida para las mismas, especialmente para las rentas más bajas. Con el mismo propósito de mejorar la equidad se elevaron los umbrales de las rentas que no estaban pagando nada y promueve igualdad en el tratamiento con independencia de si el ingreso proviene de un salario o del ejercicio profesional liberal.
LA RENTA FUERA DE CASA
La tendencia que sigue nuestro país con este tipo de reformas (o con la inacción) es bastante similar a la tendencia global en el cobro de impuestos: según Emanuel Saez y Gabriel Zucman, desde mediados de a década de los 60, se invirtió el comportamiento de los impuestos recaudados. Mientras que el impuesto a las empresas decaía, el impuesto a los salarios se ha mantenido en aumento considerable, hasta tener una brecha de más o menos 7 puntos porcentuales entre cada uno de ellos:
En el mundo, entre 1980 y 2020 el porcentaje promedio recaudado por concepto de impuesto a las utilidades de las empresas pasó de 50% a 24% y esto sin considerar los montos de elusión y evasión fiscales. Similarmente ha sucedido en nuestro país, en donde el porcentaje de variación de la recaudación por concepto del impuesto a los ingresos y utilidades a personas físicas aumentó casi un 6% desde el año anterior, mientras que el de las personas jurídicas más bien disminuyó en la misma proporción, según datos de Hacienda.
Recientemente G7 acordó preliminarmente la fijación de un impuesto mínimo global para las multinacionales del 15%, esto con el fin debilitar aquellos mecanismos que hacen que las ganancias pasen de un lugar a otro y no paguen impuestos (ver “La carrera fiscal”). Un impuesto de este tipo, le daría a países como el nuestro (de renta media-baja) cerca de 0.7% de ganancias por recaudación de impuestos a este tipo de empresas y permitiría liberar un poco la presión fiscal que existe sobre los trabajadores.
Aun con ello, no existe consenso ni sobre la creación del impuesto, mucho menos sobre el monto más prudente. Es posible observar tres escenarios, dependiendo del nivel de realización y suponiendo un impuesto mínimo un poco más grande:
Un acuerdo internacional por un 25% de impuesto mínimo corporativo, aumentaría los ingresos posibles para países como el nuestro en 1.16%
Un acuerdo en el que solo participen los países de la Unión Europea les garantizaría a ellos un aumento del 7% en recaudación y la ganancia para países de renta media sería incierta. Crearía dos subgrupos dentro de los países de renta media: los receptores del tránsito de capitales y los no receptores, una ordalía.
Un escenario en el que solo un país adopte el acuerdo, le permitiría a ese país (de la UE) captar cerca de un 70% más en impuestos a las utilidades y continuaría el esquema de evasión en el mundo.
Claramente el escenario más seguro es uno en el que todos los participantes accedan a un acuerdo de esta índole, con un tipo impositivo un poco más alto. De hecho uno de los proponentes más insistentes de esta iniciativa, Thomas Piketty, ha dicho que la propuesta del 15% resulta tan baja e insuficiente, que sería una formalización o un permiso real para la defraudación (ver “Le G7 légalise le droit defrauder”).
Finalmente, no solo el espíritu que trae el proyecto de renta que se discute en la cocina, camina en sentido opuesto a la prudencia y en consonancia de la tendencia impuesta por los grandes poderes globales elusores, evasores y defraudadores, sino que nos aleja cada vez más de la oportunidad coyuntural de reducir la presión fiscal sobre los grupos más deprimidos, bajar la desigualdad y financiar actividades con orientación social.
LUIS CARLOS OLIVARES
luigyom@hotmail.com