Ambiente y Derechos Humanos: el Acuerdo de Escazú a un año de su firma

Fuente: BBC

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El pasado 27 de setiembre, se cumplió el primer año desde que se procedió a recoger oficialmente en la sede de Naciones Unidas las firmas de los Estados interesados en suscribir el denominado "Acuerdo de Escazú": un tratado internacional sobre acceso a la información ambiental, participación pública y justicia ambiental, aprobado en Costa Rica en el 2018.

En efecto, desde el 27 de setiembre del 2018, este instrumento regional está formalmente abierto a la firma de los 33 Estados que forman parte de América Latina y del Caribe. Ese mismo día, se recogieron durante una ceremonia celebrada en Nueva York un total de 15 firmas (entre las cuales, en América Latina, las de Argentina, Bolivia, Brasil, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, Haití, México, Panamá, Perú y Uruguay), y un día después, se recibió la de Paraguay; en el mes de julio del 2019, se registró la firma de San Vicente y las Granadinas.

Se trató de un primer buen impulso que merecía confirmarse durante el primer año, y que, tal y como lo analizaremos a continuación, no logró mantenerse.

Un sólo año con una sola ratificación y cinco ratificaciones obtenidas en 24 horas

El único Estado que, al día 25 de setiembre del 2019, había procedido a depositar su instrumento de ratificación era Guyana (abril del 2019): un resultado poco halagador, algo superado con el anuncio hecho por varios Estados 24 horas después.

En efecto, desde el 26 de setiembre del 2019, Guyana ya no está sola en el tablero: depositaron en Naciones Unidas sus respectivos instrumentos de ratificación Bolivia y Uruguay, así como Jamaica, San Kitts y Nevis y San Vicente y las Granadinas.

La falta de interés de algunos Estados, la poca presión ejercida por organizaciones de la sociedad civil en el caso de algunos Estados firmantes del texto, así como la presión de algunos sectores en la dirección opuesta, pueden explicar estos tímidos resultados para un instrumento internacional extremadamente innovador.

Breves apuntes sobre los alcances logrados en Escazú

Como se recordará, el "Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe", fue adoptado en Escazú en marzo del 2018, luego de 4 años de intensas negociaciones (2014-2018) auspiciadas por la Comisión Económica para América Latina (CEPAL) de Naciones Unidas: este convenio internacional, de alcance regional, es el primero en la historia del derecho internacional público en unir derechos humanos y protección del ambiente en un texto de carácter vinculante para los Estados.

En efecto, hay por una parte una gran cantidad de tratados de derechos humanos, y por otra parte, existe otra gran cantidad de tratados en materia de protección del ambiente: pero, a diferencia de varias declaraciones y resoluciones no vinculantes adoptadas por diversas Organizaciones Internacionales y Estados en los últimos años, no se contaba con un convenio que, además de vinculante, vinculara ambos ámbitos.

Uno de los aspectos más novedosos de este instrumento es el de haber incorporado una disposición (el Artículo 9) en aras de proteger a los defensores del ambiente, a menudo objeto de todo tipo de intimidaciones, persecuciones, acciones legales claramente intimidatorias y asesinatos, constituyéndose así en el primer instrumento de carácter vinculante que contempla obligaciones para los Estados al respecto. Como bien es sabido, el indignante clima de impunidad en el caso de muchos de estos asesinatos contribuye a minar la credibilidad de las instituciones, las cuales deben garantizar investigaciones creíbles y sanciones ejemplarizantes para quienes atentan contra la vida y la seguridad de los que defienden los derechos de sus comunidades. Este Artículo 9 se adoptó con base en un documento de trabajo preparado por Chile, Costa Rica, Panamá, Paraguay y Perú: una iniciativa de estos cinco Estados que merece, como mínimo, ser saludada.

La ausencia de algunas firmas y en particular una de ellas

Cabe precisar que entre las 21 firmas reunidas hasta el momento, no se registra la de Chile, como tampoco la de Colombia, Cuba, El Salvador, Honduras, ni la de Venezuela.

En el caso chileno, resulta sumamente sorprendente que se haya negado a firmar este tratado, al ser uno de sus principales impulsores durante la fase de negociación, con Costa Rica. Tuvimos la oportunidad de analizar este insólito cambio de orientación por parte de las nuevas autoridades chilenas electas a finales del 2017: véase nuestra nota titulada "El Acuerdo de Escazú sobre derechos humanos y ambiente: Chile se desdice" disponible en la red. En esta precitada nota, se reproduce, al final, el comunicado oficial conjunto de Chile y de Costa Rica con ocasión del Día del Ambiente en junio del 2018: se recomienda su lectura integral, la cual evidencia cuán contradictoria resulta ser la actual posición de Chile así como los argumentos (un tanto originales) esgrimidos por parte de sus máximas autoridades.

A modo de conclusión

A pesar de ser Chile la sede de la reunión más importante del 2019 en materia ambiental a nivel global como lo es la COP25, a celebrarse en diciembre próximo, sus máximas autoridades han optado por mantener sus distancias con el "Acuerdo de Escazú", al punto de no querer tan siquiera firmarlo.

Desde la perspectiva de los Estados (y de influyentes sectores …) que ven con suma reticencia el reconocerle derechos a quienes defienden el ambiente y que no consideran necesario mejorar el acceso de las comunidades a la información en materia ambiental (y mucho menos garantizarles su plena participación), la actual posición chilena es extremadamente útil y oportuna.

Nicolás Boeglin

nboeglin@gmail.com