Corte Penal Internacional e Israel

A PROPÓSITO DEL RECIENTE ANUNCIO SOBRE LA APERTURA DE UNA INVESTIGACIÓN OFICIAL

NICOLÁS BOEGLIN

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El pasado 20 de diciembre del 2019, la Oficina de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) anunció que, luego de estudiar la demanda presentada en el 2015 por parte de las autoridades palestinas contra Israel debido a exacciones cometidas en diversas partes de su territorio ocupado, ha procedido a iniciar formalmente una investigación.Este anuncio fue considerado por la ONG Amnesty International (AI) como un "paso histórico" (véase  comunicado de prensa ), mientras que en Israel, el Primer Ministro y su Ministro de Defensa calificaron a la CPI como antisemita (véase  nota  del Jerusalem Post y este  cable  de la agencia Reuters): ello como parte de las vociferaciones y gesticulaciones iracundas del aparato estatal israelí, que ya no impresionan mayormente.

Palestina y la CPI: breve puesta en contexto

Como bien se recordará, Palestina es parte, como Estado, al Estatuto de Roma (instrumento internacional adoptado en 1998 que crea la CPI) desde el mes de enero del 2015.Por su parte, Israel se resiste siempre a ser Parte a este tratado internacional (véase lista de Estados Partes en este  enlace oficial  de la CPI). Siguiendo el inédito ejemplo de Estados Unidos, Israel procedió incluso, en agosto del 2002, a "retirar su firma" a dicho instrumento: una verdadera innovación en derecho internacional público, al no haberse nunca pensado que un Estado pudiera retirar una firma a un acuerdo al que no es parte. En diciembre del 2014, la Asamblea de Estados Partes a la CPI acordó reconocerle a Palestina el estatuto de Estado observador, causando temores (fundados) en Israel (Nota 1). En su nota oficial sobre la aceptación de la jurisdicción de la CPI enviada en enero del 2015 (véase  documento oficial ), Palestina solicitó que se extendiera a actos ocurridos desde el 13 de junio del 2014, de manera que la ofensiva israelí en Gaza del 2014 pueda también ser examinada por la CPI.Con relación a esta última operación militar, un informe de una comisión de investigación creada por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, de más de 180 páginas, presentado en junio del 2015, titulado “Report of the detailed findings of the independent commission of inquiry established pursuant to Human Rights Council resolution S-21/1” (disponible en este  enlace ) confirma las escalofriantes cifras dadas en su momento a conocer sobre el saldo en víctimas mortales de esta operación israelí en el verano del 2014: 3 civiles y 67 militares del lado israelí; y 2,251 muertes palestinas, de las cuales 1,462 correspondiente a civiles, entre las cuales 299 mujeres y 551 niños.Cabe recordar que varios años antes de lograr ser reconocida por la Asamblea General de Naciones Unidas como "Estado No miembro Observador" (noviembre del 2012), Palestina había reconocido, en enero del 2009, la jurisdicción de la CPI para que esta pueda investigar las diversas exacciones cometidas por Israel contra la población civil palestina a finales del 2008 (Nota 2). Este primer intento se frustró, al decidir la Oficina del Fiscal de la CPI en abril del 2012, que no le competía ni a la CPI ni a su órganos determinar la calidad de Estado, la cual debe ser examinada y resuelta por los órganos competentes de Naciones Unidas (véase  nota  de la Oficina del Fiscal de abril del 2012).Desde noviembre del 2012, luego de un acalorado voto, Palestina logró finalmente ser reconocida como "Estado No Miembro Observador" por la Asamblea General de Naciones Unidas, permitiéndole desde entonces suscribir, en calidad de Estado, una gran cantidad de instrumentos internacionales auspiciados por Naciones Unidas.

El anuncio de la Fiscal de la CPI

En su comunicado oficial del 20 de diciembre del 2019 (Nota 3), la Fiscal de la CPI precisa que:"I am satisfied that there is a reasonable basis to proceed with an investigation into the situation in Palestine, pursuant to article 53(1) of the Statute. In brief, I am satisfied that (i) war crimes have been or are being committed in the West Bank, including East Jerusalem, and the Gaza Strip ("Gaza") (for specifics, see paras. 94-96); (ii) potential cases arising from the situation would be admissible; and (iii) there are no substantial reasons to believe that an investigation would not serve the interests of justice"."Je suis convaincue qu'il existe une base raisonnable justifiant l'ouverture d'une enquête dans la situation en Palestine en application de l'article 53-1 du Statut. En résumé, je suis convaincue : i) que des crimes de guerre ont été commis ou sont en train de l'être en Cisjordanie, notamment à Jérusalem-Est, et dans la bande de Gaza (« Gaza ») (pour plus de détails, voir par. 94-96 de la requête) ; ii) que les affaires susceptibles de résulter de la situation en cause seraient recevables ; et iii) qu'il n'existe aucune raison sérieuse de penser que l'ouverture d'une enquête desservirait les intérêts de la justice".En su solicitud hecha a la primera instancia de la CPI (véase  texto completo ), la Fiscal aduce que:" 17. Based on the above, and countless resolutions and pronouncements rendered by the international community over the years, the Prosecution considers that the Occupied Palestinian Territory is “the territory [where] the conduct in question occurred” within the terms of article 12(2)(a).23 Accordingly, the Court has jurisdiction over alleged crimes committed in that territory. This determination is made strictly for the purposes of determining the Court’s ability to exercise its jurisdiction and the scope of such jurisdiction, and is without prejudice to any final settlement, including land-swaps, potentially to be agreed upon by Israel and Palestine"

Una justicia penal internacional amenazante para Israel y para su socio incondicional: Estados Unidos

Como se recordará, en setiembre del 2018, la CPI "tomó nota" de las amenazas proferidas en su contra por el Consejero Principal en materia de Seguridad del Presidente de Estados Unidos. Remitimos a nuestros estimables lectores a unas pequeñas reflexiones (Nota 4), en la que nos permitimos señalar que:"Al parecer, hay una preocupación latente de este alto funcionario norteamericano con relación a lo que puede haber encontrado la CPI con respecto a actuaciones de militares y de jefes militares israelíes. Esta preocupación recuerda una infidencia - pocamente divulgada - que se lee en un cable diplomático secreto del 2010 dado a conocer por Wikileaks. Durante una conversación con diplomáticos norteamericanos (véase  cable del 23 de febrero del 2010 de la Embajada norteamericana en Tel Aviv ) se lee lo siguiente por parte del Coronel Liron Libman: “Libman noted that the ICC was the most dangerous issue for Israel and wondered whether the U.S. could simply state publicly its position that the ICC has no jurisdiction over Israel regarding the Gaza operation”. El Coronel Liron Libman es un alto funcionario israelí conocedor de las reglas que imperan en el derecho internacional, al haber ostentado durante muchos años el cargo de Jefe del Departamento de Derecho Internacional del Ejército de Israel (IDF)".Resulta oportuno recordar también que el 19 de junio del 2018, Estados Unidos se retiró formalmente del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas: ello después de una votación en la que se decidió crear un órgano de investigación para examinar las exacciones cometidas por las fuerzas de seguridad de Israel contra los manifestantes que participaron a la denominada "Marcha del Retorno" desde el 30 de marzo (Nota 5).

A modo de conclusión

Este anuncio decembrino, hecho por parte de la Fiscal de la CPI en las vísperas de las celebraciones de la Navidad de este 2019, constituye una esperanzadora señal en Palestina. En particular para muchas familias palestinas que esperan ansiosas, y desde muchos años, que la justicia penal internacional se interese por las diversas exacciones cometidas por los altos mandos militares israelíes en contra de la población civil palestina.

--Notas --

Nota 1: Véase al respecto nuestra breve nota, BOEGLIN N., "Palestina: estatuto de Estado observador acordado por Asamblea de Estados Partes a la Corte Penal Internacional (CPI)", publicada en DIPúblico, edición del 11/12/2014, disponible en este enlace.

Nota 2: Véase al respecto: PELLET A. "The Palestinian Declaration and the Jurisdiction of the International Criminal Court", Volume 8, Journal of International Criminal Justice (2010), pp. 981-999, disponible en este enlace.

Nota 3: El texto completo del comunicado oficial de la Fiscal de la CPI del 20 de diciembre del 2019 se encuentra en este  enlace oficial  (versión en inglés) y en francés en este enlace oficial  de la CPI.

Nota 4: Véase al respecto nuestra breve nota BOEGLIN N., “El retiro de Estados Unidos del Consejo de Derechos Humanos: breves Apuntes”, publicado en el sitio de la Red Internacional por los Derechos Humanos (RIDH) en Suiza,  edición del 27/06/2018, disponible en este enlace.

Nota 5: Véase al respecto nuestra breve nota BOEGLIN N., "El retiro de Estados Unidos del Consejo de Derechos Humanos: breves apuntes") disponible en este enlace.

NICOLÁS BOEGLIN

nboeglin@gmail.com